Presentación digital de solicitud de no afectación al IBI
NOTA IMPORTANTE:
Antes de continuar leyendo, asegúrese de cumplir con los requisitos mínimos para poder hacer uso de esta facilidad:
Requisitos Mínimos
Para la presentación vía digital de la Solicitud de no afectación al IBI, el contribuyente debe cumplir como mínimo con el siguiente requisito:
- Ser poseedor de Firma Digital (¿Qué es la firma digital?)
Si no cumple este requisito, no podrá realizar el trámite vía digital bajo ninguna otra condición.
La Municipalidad de Santa Bárbara pone a disposición de todos sus contribuyentes la facilidad de presentar vía correo electrónico las Solicitudes de no afectación al Impuesto de Bienes inmuebles (conocidas como exoneraciones) . Lo anterior bajo las siguientes dos modalidades:
1. Presentación de la solicitud utilizando Firma Digital:
Para realizar el trámite bajo esta modalidad siga los siguientes pasos:
- Descargue el formulario de solicitud digital aquí
- Abra y complete los campos del formulario con la información requerida.
- Firme el formulario utilizando su Firma Digital y guardelo en una ubicación conocida dentro de su computadora.
- Envíe el formulario guardado y firmado digitalmente a la dirección de correo electrónico tecnicobi@santabarbara.go.cr, adjuntado también una copia escaneada de su documento de identificación
2. Presentación de la solicitud utilizando el formulario de llenado a mano
Para realizar el trámite bajo esta modalidad siga los siguientes pasos:
- Descargue el formulario de solicitud aquí
- Abra e imprima el formulario de solicitud.
- Con letra legible y utlizando lapicero azul o negro, complete los espacios del formulario impreso con la información requerida.
- Firme el formulario impreso utilizando la firma personal tal y como se encuentra en su documento de identificación.
- Escanee el formulario impreso y lleno, y guárdelo en una ubicación conocida dentro de su computadora.
- Envíe el formulario escaneado a la dirección de correo electrónico tecnicobi@santabarbara.go.cr, adjuntado también una copia escaneada de su documento de identificación.
Para ambas modalidades, la Certificación de Bienes Inmuebles del Registro Nacional ya NO ES NECESARIA.